Transportistas
El proyecto establece que para promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular del transporte público de pasajeros y de carga, se creará un impuesto adicional de $2.00 por cada galón al consumo de gasolina y gasoil, regular y remium, previsto en la ley 112-00 sobre hidrocarburos.
El párrafo III de este artículo, índica que “el 25% de estos ingresos deberán ser utilizados exclusivamente para el programa de renovación vehicular de transporte público de pasajeros y de carga, cuyo diseño deberá ser coordinado con los representantes del sector transporte. El 75% restante será utilizado para el desarrollo vial”.
Pequeños negocios
Las frituras y otros establecimientos de ventas al por menor de mercancías, incluyendo bares y restaurantes, que tengan compras mensuales superior a 50 mil pesos, pagarán de 12 mil pesos anuales.
La pieza también precisa en `el párrafo IX del artículo 24, que “los montos del impuesto selectivo al consumo establecidos en el párrafo V del artículo, serán ajustados trimestralmente por la tasa de inflación, según las cifras publicadas por el Banco Central a partir del 2016”.
El párrafo II indica que en “adición a los montos establecidos en la tabla del párrafo I y a las disposiciones del párrafo II del presente artículo, los productos de alcohol, bebidas alcohólicas y cerveza pagarán un impuesto selectivo al consumo del 10% sobre el precio al por menor de dichos productos.
Compras por Internet
En el artículo 54, se elimina la exención a las compras por Internet, imponiendo el cobro de impuestos a todas las mercancías de bajo valor que se importan a través de empresas de envíos (couriers).
Juegos de Azar
Los juegos de azar, loterías, sorteos, rifas benéficas, casinos y establecimientos de juego de azar, máquinas tragamonedas y otros juegos electrónicos, bingos y de cualquier otra índole, para operar en el país, deberán solicitar su licencia en el Ministerio de Hacienda, al igual que el traslado de bancas de lotería y deportivas.
Patrimonio inmobiliario
El patrimonio inmobiliario será gravado a partir de los 6.5 millones de pesos, en vez de los 5.0 millones que establecía el proyecto original.
En la pieza se acogió eliminar parcialmente el artículo 40 del proyecto original, en lo relativo a que en un plazo de 60 días, se modificaría la Ley 28-01 tendente a limitar los incentivos a algunas empresasy evitar la competencia desleal.
Excluye ONGs y cine
También excluye el impuesto que grava a las Organizaciones No-Gubernamentales vinculadas a la educación, salud y educación. Tampoco serán gravados los salones de belleza ni las peluquerías y se eliminará el 10% de las propinas en los restaurantes.
Además, no se gravará la producción cinematográfica y se reducirá de un 5 a un 3.5% la venta nacional de las empresas de zonas francas.
Que si, que el pobre y la clase media se jodio. Mientras tanto Hubieres y Cia estan celebrando.